Sobre la revista
Enfoque y alcance
La Geo UERJ, en formato impreso, fue creada en 1997 y registrada bajo el número ISSN: 1415-7543. Es una publicación del Departamento de Geografía de la Universidad del Estado de Río de Janeiro, publicada semestralmente y en carácter excepcional, presenta también números especiales. Siendo instrumento de registro y divulgación científica de contribuciones de investigadores de la geografía y áreas afines, tiene como objetivos:
a) publicar trabajos inéditos de revisión crítica sobre tema pertinente a la Geografía y áreas afines o resultados de investigaciones de naturaleza empírica, experimental o conceptual;
b) fomentar el intercambio de experiencias en su especialidad con otras instituciones, nacionales o extranjeras, que mantengan publicaciones congéneres;
c) defender y respetar los principios del pluralismo de ideas filosóficas, políticas y científicas.
A partir de 2006, pasamos a adoptar el formato electrónico para mantenimiento y mayor alcance de los contenidos.
Tiene como público objetivo a investigadores, profesores, profesionales y estudiantes interesados en el campo de la geografía y áreas afines.
Proceso de evaluación por pares
CONSEJO EVALUADOR y OPINIONES AD HOC
El Consejo Evaluador está compuesto por docentes y / o investigadores de instituciones de enseñanza e investigación del país y / o exterior con la finalidad de emitir un dictamen referente a los trabajos enviados para publicación en la Geo UERJ, tal que criterio también es utilizado para la selección de dictaminador Ad hoc. Los miembros del Consejo Evaluador y los Dictadores Ad Hoc serán indicados por los Editores y miembros del Consejo Científico.
Son atribuciones de los miembros del Consejo Evaluador y de los Dictaminadores Ad Hoc:
a) emitir un dictamen técnico sobre los trabajos sometidos a la Revista, de acuerdo con sus respectivas áreas de especialidad y / o afinidad;
b) presentar opinión, sobre los trabajos bajo su evaluación, cumpliendo obligatoriamente el Formulario de Evaluación de Trabajo Científico;
c) presentar sugerencias de refundición cuando el dictamen sea favorable con reformulaciones;
d) basar y / o justificar el dictamen emitido de acuerdo con su área de especialidad y / o afinidad;
e) revisar, eventualmente, la ortografía de los textos digitados durante las etapas del proceso de publicación de la Revista;
f) respetar los plazos determinados para la entrega de los dictámenes.
Los miembros del Consejo Evaluador y los Dictaminadores Ad Hoc, que en dos veces consecutivas o alternas no presenten los dictámenes en tiempo hábil, serán automáticamente sustituidos por otro, teniendo su nombre excluido del rol de dictaminadores de la Revista Geo UERJ, pudiendo ser retirado del Consejo Evaluador si es integrante del mismo.
Los trabajos, para ser publicados en la Revista Geo UERJ, deberán obtener dos opiniones favorables y, para ello, serán sometidos a la apreciación de dos dictaminadores, elegidos por especialidad y / o afinidad en relación al contenido temático de los trabajos bajo apreciación. En caso de que un dictaminador apruebe la publicación y otro no, corresponde al Consejo Editorial decidir por la publicación o no, o incluso invitar a un tercer evaluador.
A estos se les reserva el derecho de presentar un dictamen favorable condicionado a la refundición del artículo o trabajo congénere, presentar sugerencias para la refundición, así como el derecho de sugerir la edición del texto refundido, siempre que las eventuales modificaciones no afecten a su contenido.
Los dictámenes deberán ser legibles y presentar una evaluación crítica de los artículos o trabajos congéneres, relevando la importancia de los mismos. En caso de que el dictamen indique reformulaciones en un determinado trabajo, todos los fragmentos deberán ser señalados con destaque de párrafos y / o páginas, según sea el caso.
A los dictaminadores se le da un plazo máximo de treinta días (30) continuos, a partir de la fecha de la invitación para la evaluación del artículo, para la presentación del dictamen al Consejo Editorial de la Revista.
Este plazo podrá ser prorrogado por período igual o menor, a criterio del Consejo Editorial, precedido de solicitud, por escrito, del dictaminador, siempre que la demora del plazo no incurra en el retraso de los trabajos de composición y divulgación de la Revista.
El dictaminador que, por motivo plenamente justificable (caso fortuito o motivo de fuerza mayor) no pueda emitir opinión en tiempo hábil, aunque sea posible la dilación de plazo prevista en el párrafo anterior, deberá informar por escrito al Consejo Editorial, solicitando su sustitución por otro dicataminador.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
El editor someterá el artículo a la evaluación de (al menos) dos miembros dictaminadores, en cuanto a su originalidad, relevancia científica, corrección, claridad, calidad gráfica de las ilustraciones, entre otros aspectos, en caso de desacuerdo cabrá al Consejo Editorial decidir por la publicación o no, o el texto será sometido a un tercer dictaminador. El proceso de evaluación doble ciega dura en promedio de 60 a 120 días. De acuerdo con la evaluación de los dictaminadores del artículo podrán recibir los siguientes dictámenes: a) artículo aceptado para publicación, b) artículo aceptado para publicación con corrección (s) o c) artículo rechazado. Si el artículo recibe el dictamen de "b) artículo aceptado para publicación con corrección (s)", el autor tendrá el plazo de treinta (30) días continuos, a partir de la fecha de recepción del dictamen. Este plazo podrá ser prorrogado por un período igual o menor, a criterio del Consejo Editorial, precedido de la solicitud, del (de los) autor (es). Después del envío de las correcciones, éstas pueden ser sometidas a una nueva ronda de evaluación o serán apreciadas directamente por el Consejo Científico.
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