Estudos e Pesquisas em Psicologia
2024, Vol. 24. e83973, doi:10.12957/epp.2024.83973
ISSN 1808-4281 (online version)
DOSSIER PRÁCTICAS PSI EN ESPACIOS DE PRIVACIÓN Y RESTRICCIÓN DE LIBERTAD
Compasión y Empatía: Emocionalización en el Sistema Penal Juvenil Uruguayo
Compaixão e Empatia: Emocionalização no Sistema Penal Juvenil Uruguaio
Compassion and Empathy: Emotionalization in the Uruguayan Juvenile Penal System
Cecilia Montes Maldonado a, Laura López-Gallego a
, Marina Medan b
a Universidad de la República, Montevideo, Uruguay
b Universidad Nacional de San Martín, Buenos Aires, Argentina
Endereço para correspondência
RESUMEN
En el artículo abordamos la dimensión moral del Estado para analizar las prácticas psi en el Sistema Penal Juvenil Uruguayo. Analizamos los procesos de responsabilización adolescente a partir de dos categorías analíticas centrales que construyen la emocionalización de la sociedad. Utilizamos los datos construidos en un estudio de caso de enfoque etnográfico desarrollado en centros que ejecutan medidas judiciales privativas de libertad (2016-2020). Realizamos análisis temático de contenido de 8 legajos móviles en donde los equipos técnicos plasman sus saberes expertos acerca de las/los adolescentes, así como sus objetivos de intervención. Los resultados muestran cómo la responsabilización se produce como un proceso temporal, en el cual la compasión circula para la explicación del delito en clave de culpabilización familiar y trauma, y la empatía se propone como un sentimiento que debería emerger como señal de una intervención adecuada y auspiciosa para un futuro, en clave de desistencia. El análisis de las emociones es una dimensión fundamental para comprender las formas de gobierno y castigo que operan en el Sistema Penal Juvenil Uruguayo. La limitación principal del estudio radica en las dificultades para acceder a la información en espacios de encierro y en lo específico del material de análisis utilizado: legajo móvil.
Palabras clave: emociones, prácticas psi, sistema penal juvenil uruguayo.
RESUMO
Neste artigo, abordamos a dimensão moral do Estado para analisar as práticas psi no Sistema Penal Juvenil Uruguaio. Analisamos os processos de responsabilização adolescente por meio de duas categorias analíticas centrais que constroem a emocionalização da sociedade. Utilizamos os dados construídos em um estudo de caso com abordagem etnográfica desenvolvido em centros que implementam medidas judiciais privativas de liberdade (2016-2020). Realizamos análise temática de conteúdo de 8 registros móveis onde as equipes técnicas documentam seus conhecimentos especializados sobre os adolescentes, bem como seus objetivos de intervenção. Os resultados mostram como a responsabilização ocorre como um processo temporal, no qual a compaixão circula para explicar a delinquência em termos de culpa familiar e trauma, e a empatia é proposta como um sentimento que deveria surgir como sinal de uma intervenção adequada e auspiciosa para um futuro e um processo de desistência. A análise das emoções é uma dimensão fundamental para entender as formas de governo e punição que operam no Sistema Penal Juvenil Uruguaio. A principal limitação do estudo está nas dificuldades de acesso a informações e pesquisas em espaços de confinamento e na especificidade do material de análise utilizado, o registro móvel.
Palavras-chave: emoções, práticas psi, sistema penal juvenil uruguaio.
ABSTRACT
In this article we address the moral dimension of the State to analyze "psy" practices in the Uruguayan Juvenile Justice System. We analyze the adolescent responsibility processes through two central analytical categories that construct the emotionalization of society. We used data constructed in a case study with an ethnographic approach developed in centers that implement custodial measures (2016-2020). We conducted thematic content analysis of 8 mobile records where technical teams documented their expert knowledge about adolescents, as well as their intervention objectives. The results show how responsibilization occurs as a temporal process, in which compassion circulates to explain delinquency in terms of family blame and trauma, and empathy is proposed as a sentiment that should emerge as a sign of adequate and auspicious intervention for a future and a desistance process. The analysis of emotions is a fundamental dimension for understanding the forms of governance and punishment that operate in the Uruguayan Juvenile Justice System. The main limitation of the study lies in the difficulties in accessing information and researching in confinement spaces and in the specificity of the material used for analysis, the mobile record.
Keywords: emotions, psychological practices, uruguayan juvenile penal system.
En el siglo XXI, en Latinoamérica, han resurgido los discursos securitarios, haciendo foco en la población joven y pobre como la responsable de los problemas de inseguridad, criminalidad y miedo en la ciudadanía (Guemureman, 2023). Este momento punitivo (Fassin, 2018) impacta en los sistemas penales juveniles (SPJ) a través de iniciativas recurrentes de reforma legislativa que endurecen el castigo y de iniciativas de baja de la edad de imputabilidad penal. La alta selectividad, sostenida en fuerzas policiales que marcan poblaciones en función de la intersección de clase, género, edad y raza, cuestiona el principio de igualdad ante la ley. Cuando se trata de jóvenes pobres y varones especialmente, la fuerza policial opera con lógicas punitivas más que de protección, estableciendo estrategias de sobrevigilancia y subprotección para estas poblaciones (Cozzi et al., 2014).
En relación a la dimensión punitiva en el SPJU, la responsabilización se vincula con el reconocimiento de la participación en el hecho delictivo. Sin embargo, la noción de responsabilización en este campo tiene otros sentidos, que se vinculan con la finalidad pedagógica. La responsabilización legal y subjetiva ordena las intervenciones de la justicia penal juvenil, tanto en función de la asignación de un castigo por lo sucedido, como en la búsqueda de la "desistencia", entendida como un proceso no lineal, con marchas y contramarchas, en el cual la delincuencia declina -o no- por diversas razones (Bersani & Doherty, 2018). Incluso recientemente, de la mano de la inserción de los enfoques restaurativos, la responsabilización también ocupa un lugar central en los principios de la intervención, que en esta perspectiva comparten la terna con restauración y reintegración.
Entre las varias dimensiones en las que opera la responsabilización, esta finalidad no solo persigue efectos sobre los/as adolescentes, sino que también tiene en su mira a las familias. En efecto, tal como varias investigaciones han mostrado las familias -catalogadas como "desestructuradas" o "poco contenedoras"-, suelen ser consideradas causa del desvío juvenil desde el inicio del problema público hace más de 100 años y en la actualidad (Medan et al., 2019).
Otra de las marcas de la forma contemporánea de comprender la responsabilización es la individualización. Es decir, el modo en el que se administra la justicia tiende a dejar invisibilizadas las tramas sociales, materiales y culturales que forman parte y configuran la conflictividad penal juvenil y colocan al individuo (adolescente infractor/a o presuntamente infractor/a) como el principal y en ocasiones único/a protagonista de su reinserción social, mediante competencias y condiciones individuales que suponen una activación del sí mismo, en sintonía con los modos contemporáneos de la regulación social (Merklen, 2013; Rose, 1999).
La existencia de mercados ilegales que ofrecen ocupaciones, recursos y estatus a los/as adolescentes, el hostigamiento y selectiva persecución policial, las escasas oportunidades reales de acceder a empleos formales, las formas sutiles de exclusión escolar, las dificultades para acceder a servicios de salud son todas circunstancias reconocidas por los/as agentes en el SPJU. Más allá de ese reconocimiento, a la hora de ponderar las razones sobre la infracción, cuantificar las penas, y diseñar estrategias de salida, el foco vuelve a estar puesto en la individualidad, el/a adolescente, o el/a adolescente y su familia.
En estas formulaciones, la producción de "responsabilidad individual" aparece como el principal objetivo de las "tecnologías del sí mismo" que vertebran los modos contemporáneos de gobierno (Rose, 2007), en las cuales el discurso psi es central. Hace casi medio siglo que se disputan el campo de la regulación de la cuestión infantil al derecho, y en el marco de procesos de desinstitucionalización, el discurso psi se colocó como aquel que podría ampliar la comprensión de lo penal juvenil. Tal como reconstruye Llobet (2014), la relevancia que adquirió el saber psi a partir de la década del 70 del siglo pasado abonó a priorizar intervenciones individualizantes de tratamiento y resolución del delito enfocadas en individualidades, restando centralidad a los contextos sociales.
Así, en estos escenarios sociales, los discursos psi atraviesan el SPJU con prácticas que traman el castigo con lo educativo, produciendo sentidos acerca de la relación entre crimen y criminal en clave de determinación mutua. Rose (1999) reflexiona acerca de las prácticaspsicomo aquellas que reivindican una particular clase de autoridad social, configurando una mirada diagnóstica que produce inteligibilidad acerca de la necesaria individualidad e interioridad de las personas, lo que conlleva a una relación de unicidad entre crimen y criminal (Foucault, 1999).
Lo psi como adjetivo que acompaña estas prácticas singulares alude a lo que podemos denominar "psicociencias", lo cual excede a la disciplina psicológica dado que logra permear los abordajes que vienen de lo educativo y el trabajo social, entre otros campos disciplinares. Si bien no constituyen un todo monolítico, sí comparten modos en los que las personas nos entendemos y actuamos con nosotros/as mismas y las demás. Las prácticas psi las pensamos como modalidades de inscripción del "alma humana" y, en su articulación con los sistemas penales, han desarrollado categorías diagnósticas cuyo fin es tornar clasificable y medible las relaciones personales e interpersonales (Rose, 1999).
Conectamos así con las formas de gobierno de sí mismo que resuenan en las intervenciones. Varias autoras han descrito como parte esencial de las intervenciones con personas infractoras la utilización de la terapia como forma de gobierno, del gobierno sobre sí mismo, en el sentido de manejar las conductas. "Abrirse a la terapia", escarbar lo más profundamente en lo íntimo y lo personal es el comienzo de las nuevas formas de rehabilitación (Haney, 1996), derribar las barreras subjetivas que nos protegen, que marcan nuestra resistencia.
Inspiradas en los estudios sobre la dimensión moral del Estado (Das & Poole, 2008, Fassin, 2015; Haney, 1996), en cruce con el llamado "Giro Afectivo Feminista" (Ahmed, 2017; Berlant, 2020) que puntúa la relevancia de las economías afectivas y de cómo las prácticas estatales están afectadas por emociones, proponemos una lectura de los procesos de responsabilización a la luz de dos categorías analíticas centrales a los procesos de la "emocionalización de la sociedad" (Swan, 2008): la compasión y la empatía. Las articulamos, a su vez, con la dimensión de la temporalidad de los procesos penales, el uso de la categoría del tiempo para el gobierno de las juventudes (Motta, 2023), que se vincula con la reconstrucción de las razones que explican el delito y el proyecto de la desistencia. Así, converge la discusión entre el pasado y la compasión, y el futuro y la empatía.
La compasión en su acepción etimológica latina "cum-patior", sufrir juntos, se dirige a la comprensión de un pasado, caracterizado por el sufrimiento, el abandono, la falta de cuidados y la pobreza. En esta atmósfera compasiva (Osswald & Szeftel, 2023), se tensiona la relación entre víctima-victimario y se distribuyen las culpas al señalar a la familia como responsable del sufrimiento que conduce a la comisión de la infracción. El ethos compasivo (Fassin & Rechtman, 2009) que caracteriza las economías morales de nuestros días, puede ser entendido como una composición de códigos culturales que hacen énfasis en el sufrimiento, la escucha y la configuración del trauma en clave de experiencia temporal. Las huellas en el presente de un pasado sufriente trastocan las categorías de víctimas y victimarios y configuran la necesidad de tratamiento para combatir las consecuencias de lo traumático en un futuro próximo.
Pasado y futuro, así, se conectan, entre aquel sustrato que debe atenderse para que sea terreno fértil para el surgimiento de otra cosa. Esa otra "cosa" es, en las prácticas y discursos que estamos analizando, la esperada "transformación subjetiva".
En nuestras investigaciones (Medan et al., 2023), la empatía aparece primeramente como una categoría nativa. Es expresada por agentes para referirse tanto a un sentimiento como una capacidad que debería surgir de los/as adolescentes infractores en el marco de sus procesos de transformación subjetiva y que implicaría ponerse en el lugar del otro/a dañado/a para comprender su dolor, su pérdida. Alude a un descentramiento de sí mismo para posar la mirada sobre otro/a que sufre las consecuencias de sus actos y comprender su dolor y otorgar legitimidad. Desde la perspectiva de algunos/as agentes estatales, la aparición de la empatía simboliza, por un lado, la asunción de haber dañado a alguien que finalmente aparece en la escena; el protagonista de la cuestión ya no es más el motivo del conflicto, el bien sustraído o dañado, sino que es el/a otro/a dañado/a. Además, los/as agentes consideran imprescindible para la no reincidencia advertir empáticamente ese daño, de este modo la posibilidad de un futuro alejado de la infracción se enlaza con el surgimiento de la empatía. En el marco de los debates de la antropología de la moral, "empatía" es entendida como la habilidad de imaginar el mundo desde el punto de vista del Otro, lo que no supone tener que ser el otro, ni experimentar lo vivido por el otro.
Así, para desarrollar nuestro argumento, utilizamos los datos construidos en una investigación desarrollada en el sistema penal juvenil uruguayo (SPJU) entre 2016 y 2020, en centros que ejecutan medidas judiciales privativas de libertad. Utilizamos el material de legajos móviles, en los cuales los equipos técnicos plasman sus saberes expertos acerca de las/os adolescentes, así como sus objetivos de intervención. Estos legajos tienen una temporalidad, dado que durante toda la ejecución de la medida los equipos tienen que informar acerca de la intervención que realizan, priorizando algunas dimensiones que tienen que ver con las características de personalidad, el proceso de adaptación a la privación de libertad y el proceso de responsabilización en relación al desistimiento. Resaltamos la polifonía que conllevan los legajos, en tanto se componen de diversos informes técnicos en articulación con audiencias y sentencias, mostrando los/as distintos agentes que median en el tránsito las/os adolescentes por el SPJU, así como las consideraciones que producen acerca de sus infracciones, familias, tránsitos educativos, barrios y posibilidades de egreso (Meda, Villalta y Llobet, 2019).
En Uruguay la justicia juvenil integra 3 áreas: policial, judicial y de ejecución de las medidas judiciales privativas y no privativas de libertad. Son penalmente responsables por las infracciones cometidas bajo este régimen especial adolescentes de entre 13-17 años. La implementación de las medidas judiciales las realiza el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA). Cuenta con 13 centros de privación de libertad en las ciudades de Montevideo, Canelones y Lavalleja donde distribuyen la población según sexo, franja etaria o situación judicial y 1 centro de atención a medidas no privativas de libertad. El último informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (2024) expresa que, al cierre de 2023, 312 adolescentes cumplían medidas no privativas de libertad. Entre las principales dificultades institucionales refieren: necesidades urgentes de mejora de infraestructura en algunos centros; ampliar los recursos humanos; reducir el uso de algunas medidas de segregación, aislamiento y medidas de contención como formas de sanción o resolución de conflictos.
Metodología
Desde las perspectivas cualitativas de investigación de lo social (Denzin & Lincoln, 2018) implementamos un estudio de caso de tipo único, descriptivo (Yin, 1993). La perspectiva etnográfica para el estudio del Estado (Fassin, 2015) transversaliza el posicionamiento en el campo, las relaciones con los/as participantes, los análisis del corpus y el compromiso con la reflexividad. Las actividades de campo se realizan en un lapso de cuatro meses en centros que implementan medidas judiciales privativas de libertad en Uruguay. El corpus se compone de información producida a partir de tres técnicas: 15 entrevistas en profundidad a agentes institucionales que integran equipos técnicos y de gestión (psicología, psiquiatría, trabajo social, educación social, educadores/as de la institución); observación participante y registro en diario de campo, análisis documental de 8 legajos móviles de adolescentes (6 varones y 2 mujeres) que cumplieron una medida judicial privativa de libertad.
En el presente artículo analizamos la información producida únicamente a través del análisis documental (Valles, 1999) de 8 legajos móviles. Los mismos se seleccionan a través del tipo de muestreo no probabilístico intencional y en función de ciertos criterios: adolescentes que ya cumplieron con la medida y egresaron de la institución en el último año. Así, se seleccionan 8 legajos móviles de forma aleatoria de un total de 31 (de los cuales 4 no se encontraban disponibles en el archivo). Situamos a estos legajos móviles como un artefacto en el proceso de gestión burocrático del proceso penal juvenil. Concentran la "heterogeneidad que es propia del Estado, las múltiples interpretaciones que coexisten dentro de él de un modo en ocasiones contradictorio, los distintos discursos (jurídicos, sociales, psicológicos) que dan forma a la construcción de sujetos y su gobierno" (Medan et al., 2019, p. 304). Dicho artefacto se compone principalmente de documentos escritos de carácter polifónico donde una gran diversidad de agentes del SPJ (policial, judicial y socio-educativo) dejan la huella de sus lugares y roles institucionales, formaciones mediante la escritura de partes policiales, informes, audiencias, pericias, actas. El legajo móvil es el conjunto de documentos que contiene todas las intervenciones sobre un/a adolescente desde su ingreso al egreso. Así se integran de: copias de documentos de identidad personal (partida de nacimiento, cédula de identidad, credencial, otros); registros judiciales y policiales (copias de audiencias, actas); informes técnicos remitidos al Poder Judicial (de situación/seguimiento cada tres meses); para informar agresiones, hechos conflictivos en el centro de internación o sanciones; informar traslados; informe de cada intervención de programa especializado o de intervención técnica; solicitudes: de salidas con diversos fines (audiencias, visitas familiares, tramitación de documento, centro de asistencia médica, beca laboral); de cambio o sustitución de medida judicial. Utilizamos análisis de contenido cualitativo para el procesamiento de la información (Abela, 2002).
Tabla 1
Caracterización de legajos móviles
Legajo |
Sexo |
Infracción |
Edad* |
Trayectoria en el SPJ (policial, judicial, cumplimiento de medida judicial) |
1 |
Varón |
Rapiña |
16 |
Primera medida judicial privativa de libertad |
2 |
Varón |
Sin dato |
17 |
Primera medida judicial privativa de libertad |
3 |
Varón |
Secuestro |
16 |
-Primera medida judicial privativa de libertad |
4 |
Mujer |
Homicidio |
15 |
Primera medida judicial privativa de libertad |
5 |
Varón |
Tenencia de Estupefacientes Secuestro |
15 |
Primera medida judicial privativa de libertad |
6 |
Mujer |
Rapiña, Homicidio |
16 |
Primera medida judicial privativa de libertad |
7 |
Varón |
1 Homicidio, 2 Homicidios en grado de tentativa, Riña |
17 |
Anteriormente ya había cumplido una medida judicial privativa de libertad |
8 |
Varón |
Rapiña |
15 |
Sin dato |
*Edad al comienzo de la medida judicial privativa de libertad |
La investigación cumple con los requerimientos para realizar investigación con seres humanos y cuenta con el aval del Comité de Ética de la Facultad de Psicología (Universidad de la República) así como con las autorizaciones de las instituciones públicas involucradas.
Resultados y Discusión
Nuestra apuesta analítica incluye la dimensión moral y afectiva de las prácticas psi en el SPJU, entendidas como intervenciones técnicas que vehiculizan repertorios acerca de lo bueno, malo, correcto, desviado, deseable, peligroso en relación a atmósferas afectivas en las que la compasión, el odio, la rabia, la empatía y el amor están presentes (López-Gallego & Montes, 2023). Desde la meteorología, las atmósferas interconectan elementos heterogéneos que no pueden reducirse a la sumatoria de sus partes (Osswald & Szeftel, 2023). Si pensamos en clave de atmósferas afectivas hacemos énfasis en registros afectivos compartidos que se sitúan en escenarios sociales que producen sentidos acerca de la infracción adolescente: odio, venganza, repudio, asco, castigo.
Analizamos el funcionamiento de dos emociones en las prácticas psi: compasión y empatía, en clave de temporalidad, para construir algunos itinerarios analíticos acerca de los legajos móviles analizados. Realizamos una articulación con la dimensión temporal presente en los procesos penales, lo que nos posibilita explicar la infracción en términos de una vida pasada en relación a un proyecto futuro de desistencia. Así, trazamos dos apartados en los cuales el pasado está vinculado a la compasión y al trauma y el futuro a la empatía.
Seguimos los trabajos acerca del gobierno del alma que desarrolla Rose (1999) y que descentran la mirada acerca de cómo las emociones no son cuestiones propias de las individualidades, sino que las mismas se erigen en contextos sociales y se producen en relaciones humanas contingentes, donde la idea de -personalidad, interioridad- se funde en el espacio social. Las formas de gestión del yo se pueden analizar en función de tres dimensiones. A saber, las habilidades propias de cada individuo, los aspectos subjetivos; las formas de manejar y conducir las subjetividades a través de instituciones y/u organizaciones que se erigen para mediar entre las poblaciones y las formas de gobierno; y por último la invención de saberes expertos sobre la subjetividad. En esta última dimensión, ubicamos al conjunto de conocimientos, saberes y profesionales que se dedican al estudio e intervención sobre la subjetividad a través de la creación de formas de medición, cálculo, evaluación y predicción de las conductas. Así, se utilizan los saberes expertos psi, aquellos que gozan de reconocimiento, de autoridad, para producir registro, sistematización y caracterización de la individualidad. Información esta que permite evaluar, juzgar, y comparar para que las tecnologías de gobierno puedan operar sobre la subjetividad.
Pasado y Compasión
La mirada acerca del pasado, en términos de una temporalidad que sucede antes de la infracción, compone atmósferas afectivas compasivas en articulación con la distribución de culpas, al tensionar las categorías víctima-victimario. La narrativa acerca de un pasado de sufrimientos permite componer una explicación acerca de lo que motiva la infracción, al integrar al proceso de responsabilización la novela familiar. El material de los legajos narra adolescentes cuyas historias familiares están caracterizadas por la carencia de cuidados, falta de límites y violencia en relación al mundo adulto. Son víctimas de determinados acontecimientos familiares que motivan su accionar: violencias, muertes de familiares cercanos, separaciones, divorcios, privación de libertad, entre otros elementos a consignar, configuran una apuesta a la culpabilización familiar para pensar y explicar la infracción.
Aspectos emocionales: podemos decir que se trata de un joven que ha escapado al control parental desde hace tiempo y que evidentemente la familia desde la separación de sus padres no ha podido ponerle límites adecuados para su óptimo desarrollo, es así que comienza a incursionar en el consumo de sustancias de forma precoz, abandonando sus estudios. Luego se limita a realizar changas esporádicas presentando un ocio no estructurado que no condice con un estilo de vida constructivo. (Legajo móvil 3, informe de ingreso psicosocial)
La familia vive en el mismo predio que viven otros hermanos de la madre entre ellos uno de 25 que estuvo privado de libertad y que según palabras de la madre hasta hace un tiempo que se estabilizó, fue una mala influencia para el hijo (Legajo móvil 5, informe psicológico)
Lo familiar es una dimensión clave para la producción de atmósferas afectivas de la compasión, vinculado con la posibilidad de concebir a la responsabilidad en términos de corresponsabilidad familiar. Y en estos escenarios sociales lo familiar es mirado con sospecha, a través de economías morales que sitúan la responsabilidad de la infracción en escenas familiares desprovistas de una contextualización social más amplia que dé cuenta de las luchas por sobrevivir a las que están sometidos determinados sectores sociales. 1
Como nos recuerda Fassin y Rechtman (2009) un victimario puede convertirse en víctima a través del reconocimiento de la existencia de un trauma y esta conversión posibilita reconocer derechos. Para las prácticas psi, pensar en términos de trauma implica una práctica compasiva que configura una consideración política acerca de qué y cómo se produce el sufrimiento anudado con la infracción y, en consecuencia, qué tipo de intervención es la apropiada para tal o cual persona que transita por la doble condición de víctima y victimario. La conversión moral del trauma es un recurso político que permite legitimar a las víctimas, tensionando el lugar de victimarias que ocupan, en relación a las violencias a las que han sido expuestas y a la verdad del sufrimiento que sus cuerpos denuncian. En el marco del SPJU, el trauma integra la vida pasada en una atmósfera compasiva de comprensión de la infracción y de culpabilización familiar.
La violencia doméstica sufrida durante los primeros años de vida por el maltrato de su padre a su madre, la enfermedad y pérdida de su madre han oficiado como la causa de una situación traumática que ha sido determinante en sus posteriores formas de expresarse en el área afectiva, emocional y empática. Áreas que afectan el mundo de relación del joven. Ha tenido condiciones intrafamiliares que son agentes de riesgo para instalar el trastorno de conducta, factores como: incomprensión, crisis de autoridad, carencias emocionales y violencia. Las conductas violentas han sido aprendidas a partir de un entorno violento y abandónico. La familia sustituta que lo acoge, también presenta desarmonías sumado a conductas disociales. (Legajo móvil 1, informe psicológico)
El ethos compasivo que la noción de trauma compone, conecta un pasado de violencias con un presente de sufrimientos, articulando alianzas entre las prácticas psi y los movimientos que demandan por derechos. En ese escenario la categoría diagnóstica de Trastorno por Estrés Postraumático, que surge a fines del siglo XX, se convierte en una pieza clave de la producción de verdad en los espacios jurídicos, a través de crear un lenguaje de conexión entre pasado, presente y futuro que incluye lo terapéutico como recurso (Fassin & Rechtman, 2009).
No presenta enfermedad alienante y es capaz de comprender el carácter ilícito de sus actos. En reacción a la situación actual, presenta un trastorno por estrés postraumático (TPEP). SUGERENCIAS: se indicó tratamiento sintomático de TPEP con sertralina de 50mg y quetiapina 50mg de inicio; debe continuar control y tratamiento psiquiátrico evaluando respuesta terapéutica y eventual aparición de nueva sintomatología; se sugiere tratamiento psicoterapéutico dado que los fallos estructurales de la personalidad carecen de tratamiento psicofarmacológico específico; se sugiere estudio social a efectos de evaluar contextos de pertenencia y figuras referentes, con visitas al acompañamiento durante su internación (Legajo móvil 1, informe psiquiátrico).
Otra dimensión de la compasión y lo traumático está relacionada a aquellas infracciones, que como nos dirá Foucault (1999) por su monstruosidad y su incomprensión, son consideradas hechos traumáticos y requieren de lo psi para su comprensión y de que la persona se "abra a la terapia". Tal es el caso propuesto en el legajo 4, en el que una adolescente mata al/a bebé recién nacido.
EN SUMA: adolescente que tiene su primer ingreso que proviene de contexto familiar constituido donde la dimensión del hecho traumático irrumpe en la dinámica generando sentimientos de desconcierto e incredulidad. Adolescente con un cotidiano encuadrado en proyectos vitales que al momento no puede contactar emocionalmente con los hechos acontecidos (Legajo 4, informe psicológico de ingreso)
Un hecho traumático y doloroso como el vivido por la joven, parece estar despojado de afectos a la hora de relatarlo o volver a recordar la situación. Esto nos hace suponer que estamos ante una personalidad donde prima la razón y lo intelectual separando lo afectivo, quedando los afectos desplazados, apartados, disociados.
Esta posible estructuración evita que la joven se angustie, realice duelos y de alguna manera no logre contactar con la culpa y el remordimiento.
La responsabilidad desde el punto de vista subjetivo, en esta joven, sería conveniente abordarla terapéuticamente apostando a la reflexión y análisis de lo sucedido, integrando razón y afectos.
Derivar a psicoterapia (Legajo 4, informe de situación junta de tratamiento)
En el contexto de esta situación, la dimensión de lo traumático no incluye la compasión en relación a comprender cómo se produce ese embarazo; no hay alusión a las posibles violencias, negligencias o a pensar en clave de maternidades forzadas. La responsabilización es individual y está articulada un proceso psicoterapéutico que integre razón y emoción. Aun cuando los legajos sólo muestran una parte de la causa, y posiblemente eluden aludir a intervenciones o testimonios y consideraciones que en efecto existen, estos fragmentos evidencian el carácter inevitablemente moral del estado, y cómo en él se traman las economías morales disponibles con las subjetividades morales de los agentes (Fassin, 2015). La alta valoración social de la maternidad en cruce con la persistente obliteración de la violencia de género que sigue dominando los ámbitos judiciales conduce a que el "antes" de esta infracción no entre en la consideración de lo inteligible por los agentes.
Futuro, Empatía
La empatía como constructo teórico ha sido definida desde múltiples disciplinas y enfoques. De allí que se la relacione con procesos cognitivos, afectivos, como función comunicativa, como cimiento para los sentimientos morales o forma de frenar la agresividad. Existe un modelo integrador que visualiza lo cognitivo y emocional como dos aspectos del mismo fenómeno (Muñoz & Chaves, 2013). Podemos afirmar que más allá de las coincidencias entre acepciones lo que se destaca es la relevancia de la identificación, medición, evaluación de la categoría de empatía para luego realizar predicciones a futuro de los comportamientos para fundamentalmente relacionarnos entre personas, la construcción y formas de significar al otro/a.
Proponemos aquí desmenuzar la función de la noción de empatía en las prácticas psi en el SPJU a través de la idea que plantea Scribano (2021) de tres procesos/momentos que confluyen: cercanía, compartir y conexión; afinidad, comprensión y posibilidad de co-experienciar; y convivencia, encuentros cara a cara.
El primer proceso que describe Scribano (2021) y denomina cercanía, compartir y conexión, tiene que ver con las posibilidades con las que contamos para estar en conexión o en predisposición para esto, estar cerca de otros/as e involucrarnos, relacionarnos y visualizar el intercambio social como una fuente de oportunidades. Para esto necesitamos ser capaces de reparar sobre nuestras propias emociones y las ajenas, distinguirlas y establecer nexos desde la capacidad emocional y cognitiva. En este sentido, podemos observar cómo las prácticas psi en sus informes destacan algunos aspectos que dan cuenta de la búsqueda que realizan para evaluar que los/as adolescentes presenten ciertas actitudes y aptitudes. Más bien, ciertos aspectos que permitan alejarse de los signos que luego configuran los diagnósticos de los trastornos llamados disocial y/o antisocial que involucran las dificultades en el control de los impulsos y la conducta y fundamentalmente las dificultades para respetar normas sociales y derechos de otras personas. Los/as agentes intentan detectar que los/as adolescentes al menos den cuenta de un potencial de conexión con la infracción cometida, el daño ocasionado a la o las víctimas, a su contexto más próximo familiar y/o comunitario e incluso social.
(...) en el transcurso de los encuentros sostenidos hasta el momento ha mostrado ser un joven que vivencia al ambiente en el cual se encuentra inmerso como restrictivo, enseñando cierta tendencia a actuar sus impulsos que tiende a descargar en el entorno circundante. Impulsividad que se vio reflejada en la búsqueda de satisfacción inmediata y emocional de sus necesidades. Donde actúa sus emociones y afectos sin demasiada mediación cognitiva. (Legajo móvil 3, informe psicológico).
La entrevista se valora como pobre, mostrándose [nombre del adolescente] verborrágico y manipulador. De la entrevista surge que el adolescente por momentos oculta sus conductas y movimientos.
Su discurso es coherente y finalista, con un tipo de pensamiento concreto y un nivel intelectual que impresiona como normal.
La ansiedad predominante es depresiva, sin presentar síntomas de síndrome depresivo, ni ideas de autoagresión.
Muestra una pobre capacidad de insight así como de manejo de la culpa.
Presenta una baja tolerancia a la frustración y un relativo control de impulsos
El vínculo con las figuras parentales es correcto en lo afectivo aunque carente en lo normativo (Legajo 7, informe psicológico de ingreso).
A través de estas referencias de los legajos móviles podemos ver cómo se destacan algunos aspectos y no otros en pro de esta evaluación de aptitudes. Evaluación que permite en tanto visión de futuro, valorar si eventualmente podrá desistir de la infracción, convivir con otros/as adecuándose a ciertas normas sociales. Se destacan aspectos tales que llaman: "emociones y afectos que no son mediados por la capacidad cognitiva", "manejo de la culpa", "tolerancia a la frustración", "control de los impulsos". Además, consideran imprescindible para la no reincidencia advertir empáticamente ese daño sobre otro/a. Ese otro/a puede ser su madre, al que el/a propio/a joven no quiere hacer sufrir más con sus problemas, o algún otro significativo, pero también la persona víctima de su ofensa. En efecto, en los programas de justicia restaurativa, la participación de la víctima en las mediaciones es clave no sólo para darle la posibilidad a ésta de expresar sus necesidades, sino porque su mera presencia -luego de un proceso restaurativo- puede ser, según la opinión de los agentes mediadores, clave para que la persona ofensora tenga dimensión concreta y emotiva del daño que le causó a una persona a la que se tiene que enfrentar en un encuentro de mediación (Medan et al., 2023).
Sribano (2021) define al segundo proceso como afinidad, comprensión y posibilidad de co-experienciar. Esto refiere a que el curso de la empatía supone sentirse afín a las experiencias de las otras personas, a aquello que les sucede, establecer una comprensión y poder reconocer lo que otras personas experimentan y ser capaz de colocarse en una situación similar, acompañar a vivir la experiencia en conjunto. Cuando desmenuzamos este aspecto de la empatía y lo relacionamos con la evaluación de la subjetividad que se realiza a través de los informes en los legajos vemos que esto se relaciona con los sentidos de la noción de responsabilidad y el objetivo institucional de responsabilización desde la intervención en el SPJ. Así, se evalúa si los/as adolescentes son capaces de reflexionar sobre la infracción, hacerse cargo de la responsabilidad de esa acción de transgredir, de la potencial peligrosidad que denota y si pueden aceptar que son merecedores de la sanción impuesta. En suma, reconocerse como victimarios.
Maneja correctamente habilidades sociales y de comunicación. Reconoce y valora positivamente la transmisión de valores socialmente aceptados por parte de su familia. Se proyecta a mediano plazo estudiando y trabajando.
Responsabilidad de sus conductas: alcanza niveles de reflexión y responsabilización de sus conductas transgresoras. Reconoce el daño ocasionado a sí mismo y a su familia. En los primeros momentos del proceso el adolescente centró su preocupación en el impacto de los acontecimientos y consecuencias de los mismos en su entorno. Acepta la sanción como una medida razonable (Legajo 2, Informe de situación).
Transmite en la entrevista que es mera violencia y sed de venganza. Ante la pregunta ¿cómo te sentís? dice "empapado de odio desde siempre". Cuando intentamos profundizar en estos sentimientos e historizar su vida no logra tomar contacto con sus vivencias, recuerdos y sentimientos. Se muestra desconfiado, reticente. Demuestra cero tolerancia a la frustración, no toma contacto con la responsabilidad y la violencia aparece como única herramienta de respuesta. Nos preocupa lo ansioso y agresivo que se encuentra y el grado de peligrosidad que se puede presentar para los otros. Se desprende de la entrevista que tiene antecedentes de consumo y muy poca contención familiar. Sugerimos que sea visto por psiquiatra.
(Legajo móvil 5, Informe psicológico de intervención de retén).
El tercer y último proceso que describe Scribano (2021) se relaciona con el cara a cara y el co-vivir. Es la oportunidad, disposición y capacidad para encontrarse con el/la otro/a, la posibilidad de estar, compartir y convivir. En las discusiones sobre penalidad juvenil, estas consideraciones se traducen en los discursos como procesos de "re", insertarse, habilitarse, integrarse. Es decir, vivir en sociedad como un/a ciudadano/a competente. En el plano de la evaluación psi esto se relaciona directamente con la predicción de comportamiento, las preguntas por la reconversión subjetiva, y por el posible desistimiento.
El joven se caracteriza por exhibir un escaso nivel de empatía, aspecto que obstaculiza significativamente la apertura de un efectivo proceso de desistimiento. No obstante, el reciente escenario de paternidad se constituye como factor de reflexividad en función del cual el joven problematiza en el actual contexto de encierro, los factores de riesgo que confluyeron en la composición de un perfil infractor. (Legajo móvil 7, informe de situación)
Responsabilización por la infracción y la víctima: ha podido hacer un proceso donde asume como un error, valorizando el tiempo de internación como positivo para rever sus afectos y vínculos familiares. Aún no se ha posicionado en un lugar que permita una reflexión en cuanto al daño ocasionado a la víctima, centrándose en el daño generado a sí misma y a su padre. Asiste a un grupo coordinado por psicólogas donde el objetivo del mismo es problematizar en relación a la infracción.
(Legajo móvil 6, informe de situación)
Estas citas de los informes que contienen los legajos móviles expresan la misión de evaluar qué adolescente, en términos de ciudadano es "devuelto a la sociedad". Es interesante pensar siguiendo a Motta (2023) y su estudio sobre cómo se gestiona el conflicto urbano en conexión con las políticas de juventud y tiempo. Según la autora el tiempo es un objeto de disputa que ocupa un lugar central en la experiencia estatal, en las interacciones entre adolescentes y agentes estatales. Así las personas responsables de evaluar adolescentes deben utilizar estrategias para conducir las formas en las que utilizaran su tiempo tanto en el encierro como en su futuro. La correlación que se desprende de los informes es: sin empatía no hay desistencia y por lo tanto la idea de futuro es restringida.
Consideraciones Finales
El SPJU, desde sus comienzos a principios del siglo XX, ha conjugado prácticas que articulan la dimensión educativa y de restitución de derechos con las dimensiones punitiva y vengativa, donde el encierro es el castigo privilegiado. En términos restringidos, podemos analizar la responsabilización exclusivamente como culpabilidad normativa en tanto asumir la participación en la infracción cometida. De todas formas, en una medida con carácter educativo aparecen otros elementos que componen la responsabilidad; están vinculados con asumir las consecuencias de los actos, empatizar con el dolor de las víctimas e integrar conceptos valorativos del sistema social que posibilitan comprender la ilegalidad de determinadas prácticas delictivas. A este sentido amplio se refieren los/as agentes del sistema penal con la expresión "responsabilidad subjetiva" (Medan et al., 2023).
Los vastos antecedentes disponibles marcan cierta saturación en el modo de comprender la conflictividad penal juvenil alrededor de la noción de responsabilización que tiene como interlocutor principal al individuo desconectado y descontextualizado de las tramas sociales en las que se inscribe. Sin embargo, el análisis microsocial de ciertos artefactos jurídicos -legajos móviles-, nos invita a explorar matices en esta caracterización extendida que, por momentos, parece volverse sospechosamente homogénea.
En estos escenarios sociales, las prácticas psi articulan lo macrosocial, concepciones, juicios y afectos en torno a un problema social concreto (infracción juvenil), y lo microsocial que se traduce en la singularidad del accionar de cada agente en las prácticas que emprende: informes técnicos, interacciones con adolescentes, sus familias o referentes afectivos, evaluaciones, interpretaciones y diagnósticos (Fassin, 2015). Estos marcos de inteligibilidad nos posibilitan pensar las emociones (Ahmed, 2017; Berlant, 2020) como una dimensión fundamental de las formas de gobierno y castigo que operan en el SPJU.
Como nos recuerda Ahmed (2017) la pregunta es acerca de cómo funcionan las emociones: ¿qué narrativas construyen? ¿qué experiencias producen? y ¿cómo circulan emociones en las prácticas psi en el SPJU? Los encuentros cotidianos entre agentes institucionales y adolescentes actualizan economías afectivas y morales que componen la vida pública de las instituciones e involucran procesos de mutuas afectaciones, generando un sentido común y una comprensión colectiva del problema (Fassin, 2015).
En este artículo, analizamos las prácticas psi en la reconstrucción de la responsabilización atendiendo a ella como un proceso temporal que, según los legajos, se advierte zigzagueante, con marchas, contramarchas y bifurcaciones. En él, la compasión circula para explicar el delito en clave de culpabilización familiar y trauma, y la empatía se propone como un sentimiento que debería emerger como señal de una intervención adecuada y auspiciosa para el futuro. En estos términos, las prácticas psi priorizan, jerarquizan y evalúan determinadas marcas emocionales en sus narrativas. Así, mientras registran de modo escrito los testimonios de adolescentes que dicen sentir rabia, deseos de venganza, y odio, estos sentimientos no resultan inteligibles dentro de su universo restringido de emociones esperadas, que por lo mismo se vuelve profundamente normativo.
En este punto, las teorizaciones de Ahmed (2017) acerca de cómo las emociones se vuelven fetiches, borrando los procesos de su producción son sugerentes. Al mismo tiempo, invitan a pensar cómo las emociones pueden componer las condiciones de la subordinación, posicionándolas como insumos performativos. Al fin de cuentas, el análisis de los legajos muestra la persistente intervención psi para que los/as adolescentes acepten no sólo la responsabilidad sobre el hecho infraccional, sino la interpretación institucional sobre cuál es el camino emocional correcto para finalmente acceder a la salida del sistema penal, contribuyendo a la función pedagógica del estado y al "gobierno de las almas" (Rose, 1999) que no resulta en ningún modo una novedad de la época.
No obstante, la atención a los matices en el abanico emocional disponible, y el foco en la compasión y la empatía, sí parecen ser asuntos menos explorados en el ámbito de la justicia penal juvenil y en este sentido el artículo procuró, al menos, sentar algunas interrogantes que requieren mayor exploración. Una de ellas es que en la circulación de estas emociones -tanto en relación a la compasión como a la empatía- se producen determinadas tensiones en la formulación del par víctima-victimario que podrían abrir a consideraciones más complejas y contextualizadas de la conflictividad penal juvenil, tal como se ha advertido en algunas intervenciones orientadas por la justicia juvenil restaurativa. Por supuesto, vale destacar que nuestro argumento está circunscripto a las limitaciones del estudio. Por un lado, con las diversas barreras para realizar investigaciones en espacios de encierro, en términos de accesibilidad y acceso a la información. Por otro lado, el corpus analítico que construimos para la comprensión de las prácticas psi en el SPJU analiza los contenidos de los legajos móviles. Este material escrito se produce en un contexto de diálogo jurídico-burocrático entre agentes institucionales que siguen un ritual que respeta determinados acuerdos y formas de comunicación: una escritura que realiza una disección de las vidas de los/as adolescentes y sus contextos y se ocupa de seleccionar determinados elementos y no otros para destacar en sus informes. Es por esto que, si bien se constituye en un material muy rico para analizar la emocionalidad de los textos públicos (Ahmed, 2017), no deja de presentar una faz de las intervenciones. Será materia ineludible de subsiguientes estudios ahondar en la pregunta por la circulación de las emociones, su clasificación y jerarquización en otros marcos de producción de sentidos para seguir contribuyendo a conocer el lado cálido del Estado (Fassin, 2015).
Referencias
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Dirección de envio
Cecilia Montes Maldonado - cmontes@psico.edu.uy
Recibido: 30/04/2024
Aprobado: 12/09/2024
Notas
1 En Argentina, una vasta producción académica se ha ocupado de la relación entre el estado y las familias en clave de regulación social que no es posible recuperar aquí. Entre ella y como referencia puede consultarse la reciente compilación de Villalta y Martínez (2022).
Financiamento: La investigación presentada en el manuscrito obtuvo financiamiento de la Beca de Posgrado en el Exterior de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, Uruguay.
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