La tercera ley de la naturaleza. Un para conceptual en el movimiento libertador mexicano 1808-1815.

Autores

DOI:

https://doi.org/10.12957/rqi.2020.44991

Palavras-chave:

conceptos

Resumo

Este artículo se efectuó a través de un método combinado de análisis entre las historias: conceptual y jurídica, el estudio del concepto de justicia en la división propuesta por Thomas Hobbes. De los resultados obtenidos se puede apreciar que la justicia conmutativa, se mostró en el término coyuntural de justicia de la causa como una finalidad por obtener la dominación política del reino y cumplir la misión soberana, y el otro término, se vislumbró una vez conformado el poder alterno insurrecto novohispano, una vez establecida la división de poderes. El Tribunal Insurgente comenzó a laboral y los pobladores en donde estaba establecido acudían a que se les administrará justicia, ahí el término en análisis de mostró como legitimidad de los nuevos poderes mexicanos. 

Biografia do Autor

Esteban Gómez Gaitán, Centro de Estudios del Valle de Tecomán, A.C.

ESTEBAN GÓMEZ GAITÁN, LICENCIADO EN DERECHO , MAESTRO EN AMPARO Y DOCTOR EN CIENCIAS SOCIALES.

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Publicado

2020-06-05

Como Citar

Gaitán, E. G. (2020). La tercera ley de la naturaleza. Un para conceptual en el movimiento libertador mexicano 1808-1815. REVISTA QUAESTIO IURIS, 13(01), 209–229. https://doi.org/10.12957/rqi.2020.44991