(Des) Protección del derecho de autor en la era digital. Principales tendencias legislativas, doctrinarias y jurisprudenciales argentinas sobre la denominada “piratería informática” / (DIS) protection of copyright in the digital age. Major argentine...

Autores

  • Adriana Margarita Porcelli Universidad Nacional de Luján- Argentina

DOI:

https://doi.org/10.12957/rqi.2017.22281

Resumo

DOI: 10.12957/rqi.2017.22579

Los grandes avances tecnológicos de las últimas décadas ocasionaron profundos cambios sociales y transformaron la economía y la cultura para siempre, originando un sistema económico y social en el que la generación, procesamiento y distribución del conocimiento y de la información es la principal fuente de productividad, poder y prosperidad. Actualmente el carácter físico de la economía se reduce, desmaterializándose en un mundo hiperconectado e inteligente y se digitalizan todo tipo de obras literarias y artísticas y hasta las experiencias personales se exponen en la Red.  Las tecnologías digitales permiten la transmisión y utilización de todos los materiales protegidos por el derecho de autor y los derechos conexos en redes interactivas.  La transmisión de todo tipo de obras culturales por Internet, la mayoría de las veces sin cargo y sin tener en cuenta su ilegitimidad, es cada vez más frecuente, como una práctica cotidiana, eliminando las barreras del espacio y tiempo, facilitando una comunicación ubicua y asincrónica. El presente trabajo aborda el tema de los intereses contrapuestos de las empresas culturales y de los autores, por un lado y del público consumidor, por el otro, sus fundamentos, y los casos jurisprudenciales argentinos relativos al tema.

Palavras-chave: Era Digital – Derechos de Autor – Piratería Informática – Internet - Industrias Culturales

Abstract

The great technological advances of the last decades caused deep social changes and transformed the economy and culture forever, causing an economic and social system in which the generation, processing, and distribution of knowledge and information is the main source of productivity, power and prosperity. Currently the physical character of the economy is reduced, dematerializing in a smart and hyperconnected world and all kinds of literary and artistic works are digitized and even personal experiences are exposed on the network. Digital technologies allow the transmission and use of all materials protected by copyright and related rights in interactive networks. The transmission of all kinds of cultural works over the Internet, the majority of the times free of charge and without taking into account its illegality, is becoming more common, as a daily practice, eliminating the barriers of space and time, providing a ubiquitous and asynchronous communication. The present work approaches the topic of the opposed interests of cultural companies and authors, on one hand and of the public consumer, for the other one, its basics, and argentine and foreigners jurisprudences cases relative to the topic.

Keyworlds: Digital Age – Copyright – Hacking – Internet - Cultural Industries

Biografia do Autor

Adriana Margarita Porcelli, Universidad Nacional de Luján- Argentina

Abogada (Universidad de Buenos Aires). Magíster en Relaciones Internacionales (Universidad Maimónides). Cursando la Actualización en Derecho Informático. (UBA)

Investigadora. Profesora Adjunta Ordinaria de Derecho Internacional Privado, de Derecho Internacional Público, de Estudio de la Constitución Nacional y de los Derechos Humanos y de Legislación Sanitaria. Miembro de Comisiones de Plan de Estudio de las carreras de Ingeniería Agronómica y Tecnicatura Universitaria en Inspección de Alimentos y del Comité Académico de Bioética (Universidad Nacional de Luján).

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Publicado

2017-10-16

Como Citar

Porcelli, A. M. (2017). (Des) Protección del derecho de autor en la era digital. Principales tendencias legislativas, doctrinarias y jurisprudenciales argentinas sobre la denominada “piratería informática” / (DIS) protection of copyright in the digital age. Major argentine. REVISTA QUAESTIO IURIS, 10(4), 2339–2376. https://doi.org/10.12957/rqi.2017.22281